jueves, 11 de agosto de 2011

Tribunal Supremo de Elecciones


Al tribunal supremo de elecciones, llamado cuarto poder, le corresponde la organización, dirección y vigilancia del proceso electoral del país. De el depende el Registro Electoral y el Registro Civil.

Se encuentra integrado por tres magistrados propietarios y seis suplentes nombrados por la corte suprema de justicia. Ellos duran seis años en sus cargos.


El tribunal supremo de elecciones tiene asignadas otras funciones como:

Investigar y pronunciarse con respeto  a toda denuncia formulada por los partidos sobre parcialidad política de los servidores del estado en el ejercicio de sus cargos, o sobre actividades políticas de funcionarios a quienes les este prohibido ejércelas.

Dictar, con respeto a la fuerza pública, las medidas pertinentes para que los procesos electorales se desarrollen en condiciones de garantías y libertad.

Hacer la declaratoria definitiva de la elección de presidente y vicepresidentes de la republica, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de votación.

Le compete organizar, dirigir, fiscalizar, escrutar y declarar los resultados de los procesos  de referendo.







Dependencias de los poderes del estado:

Poder Ejecutivo: Los ministros de gobierno e instituciones autónomas. Cada ministro tiene que cumplir funciones específicas, con el fin de levantar las necesidades de la población y el buen funcionamiento del estado.

El ministro de seguridad se encarga de diseñar estrategias para enfrentar la delincuencia y el narcotráfico, además de dictar políticas en materia de prevención del delito.

El ministro de justicia se juzgan los casos a el presentados y se le busca solución de acuerdo con las leyes del país.

El ministro de educación publica tiene como funciones mejorar la efectividad y cobertura del sistema educativo y ajustarlo ala realidad nacional y mundial.

Poder judicial
Corte suprema de justicia
La corte es considerada el tribunal superior del poder judicial: pues de ella dependen los otros tribunales y funcionarios asignados.

Defensa publica y ministro publico

Es un órgano fundamental en la administración de la justicia que goza de la independencia funcional.

Organismo de investigación judicial
Es una dependencia de la corte suprema de justicia. Sirve como auxiliar de los tribunales de justicia y del ministro publico en los procesos de investigación.


Poder legislativo

Contraloría general de la republica
Es una institución auxiliar de la asamblea legislativa en cuanto a la vigilancia del correcto manejo de los ingresos de la hacienda publica: pero tiene absoluta independencia funcional y administrativa en el desempeño de labores



Defensoría de los habitantes

Es un organismo adscrito al poder legislativo, con plena intendencia funcional, administrativa y de criterio. Junto con la contraloría general de la republica, es auxiliar del poder legislativo en su labor de control.

Fue creado en 1949, cuando se promulgó la actual Constitución Política de esta nación centroamericana. Desde entonces, los procesos electorales en este país han sido muy transparentes. El Tribunal Supremo de Elecciones es el Órgano Constitucional superior en materia electoral y por lo tanto responsable de la organización, dirección y vigilancia de los actos relativos al sufragio. Goza de independencia en el desempeño de su cometido.

Actualidad

Requisitos para ejercer la magistratura del Tribunal
Deberán reunir iguales condiciones y estarán sujetos a las mismas responsabilidades que los Magistrados que integran la Corte Suprema de Justicia.
Los requisitos son:
1. Ser costarricense por nacimiento o por naturalización, con domicilio en el país no menor de diez años, después de obtenida la carta respectiva. Sin embargo, el Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones deberá ser costarricense por nacimiento. 2. Ser ciudadano en ejercicio 3. Pertenecer al estado seglar, 4. Ser mayor de treinta y cinco años; 5. Ser abogado, y haber ejercido la profesión por lo menos durante diez años.
Los Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones gozarán de las inmunidades y prerrogativas que corresponden a los miembros de los Supremos Poderes.

Funciones del Tribunal Supremo de Elecciones
El Artículo 102 de la Constitución Política de 1949 indica que el Tribunal Supremo de Elecciones tiene las siguientes funciones:
1. Convocar a elecciones populares.
2. Nombrar los miembros de las Juntas Electorales.
3. Interpretar en forma exclusiva y obligatoria las disposiciones constitucionales y legales referente a la materia electoral.
4. Conocer en alzada de las resoluciones apelables que dicten el Registro Civil y las Juntas Electorales.

5. Investigar por sí o por medio de delegados, y pronunciarse con respecto a toda denuncia formulada por los partidos sobre parcialidad política de los servidores del Estado en el ejercicio de sus cargos o sobre actividades políticas de funcionarios a quienes les esté prohibido ejercerlas.

 La pagina oficial de tribunal es www.tse.go.cr/






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